Articulo 95 Bono Alquiler Joven y Plan 2022-2025 para el acceso a la vivienda
Artículo 95. Cuantía de la ayuda.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las comunidades autónomas o entidades locales, así como sus entidades dependientes o vinculadas o las entidades y fundaciones sin ánimo de lucro en cuyos estatutos figure la promoción y/o gestión de viviendas protegidas, podrán recibir una ayuda de entre 150 euros y 175 euros al mes por vivienda para hacer frente al precio acordado en la cesión del usufructo realizada por SAREB o entidad pública, por el tiempo que dure tal cesión.
Adicionalmente y en el caso de ser necesarias obras de habitabilidad, accesibilidad o adecuación podrán recibir una ayuda de hasta 8.000 euros por vivienda para dichas obras con la que podrán sufragar hasta el 75 % de las mismas, incluidos gastos profesionales y tributos siempre que consten debidamente acreditados.
Estas subvenciones son compatibles con cualquiera otra subvención concedida por otras administraciones para el mismo objeto.
