Artículo 95. DECRETO 91/2026, de 12 de junio, C. Valenciana, Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer
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»Artículo 95. Régimen sancionador.
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1. Las infracciones a lo dispuesto en este reglamento serán sancionadas de conformidad con lo establecido en la Ley de la Generalitat, reguladora de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, siendo de aplicación supletoria lo dispuesto en la Ley estatal de Potestades Administrativas en materia de espectáculos taurinos.
2. Las infracciones en materia de sanidad y bienestar animal, seguridad alimentaria y salud pública serán tramitadas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sectorial.
