Articulo 95 Ley 33/2003, de 3 de noviembre, Patrimonio de las AAPP
Ver Indice
»Artículo 95. Competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones.
Vigente
Las concesiones y autorizaciones sobre los bienes y derechos demaniales del Patrimonio del Estado se otorgarán por los ministros titulares de los departamentos a que se encuentren afectados, o corresponda su gestión o administración, o por los presidentes o directores de los organismos públicos que los tengan adscritos o a cuyo patrimonio pertenezcan.

