Articulo 95 Medidas 1996 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Ver Indice
»Artículo 95. Subvenciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Administración General del Estado podrá, en los términos y condiciones que se determinen en las normas de desarrollo, conceder subvenciones a las asociaciones cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas del terrorismo.
