Artículo 95 Real Decreto...1 de marzo

Artículo 95. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo

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Artículo 95. Composición.

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1. El Consejo de Gobierno estará compuesto por un total de 60 miembros, de acuerdo con la siguiente distribución:
a) El Rector o Rectora y las personas titulares de la Secretaría General y de la Gerencia, en calidad de miembros natos.
b) 17 miembros designados por el Rector o Rectora.
c) 12 personas titulares de decanatos, direcciones de escuela y de escuelas de doctorado.
d) 24 representantes elegidos por el Claustro Universitario de entre sus miembros con la siguiente distribución:
1.º Siete representantes del personal docente e investigador funcionario y laboral con vinculación permanente.
2.º Una persona en representación del personal docente e investigador no permanente.
3.º Una persona en representación del personal investigador no permanente.
4.º Una persona representante del profesorado asociado.
5.º Una persona representante del profesorado emérito.
6.º Una persona representante del profesorado tutor.
7.º Cinco representantes del personal técnico, de gestión de administración y servicios de la sede central.
8.º Una persona en representación del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de los centros asociados de la UNED.
9.º Seis representantes del estudiantado.
e) Dos representantes de las direcciones de departamento.
f) Una persona representante de las direcciones de los centros asociados de la UNED.
g) Un miembro del Consejo Social en representación de los intereses sociales.
2. Asistirán, con voz pero sin voto, las personas titulares de las presidencias de las juntas y comités de empresa de personal docente e investigador y del personal técnico, de gestión y administración de servicios.