Articulo 95 Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias
Articulo 95 Reforma del E...e Canarias

Articulo 95 Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 95. Competencias exclusivas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. En el ámbito de sus competencias exclusivas, la Comunidad Autónoma de Canarias ejerce, de forma íntegra, la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, sin perjuicio de la concurrencia de otros títulos competenciales del Estado.

2. En el ejercicio de estas competencias exclusivas, la Comunidad Autónoma de Canarias puede desarrollar políticas propias en las materias afectadas, de acuerdo con los principios y derechos previstos en el presente Estatuto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-11-2018 en vigor desde 06-11-2018