Articulo 95 Régimen Juríd...tivo Común

Articulo 95 Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Ver Indice
»

Artículo 95. Ejecución forzosa.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las Administraciones Públicas, a través de sus órganos competentes en cada caso, podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la ley, o cuando la Constitución o la ley exijan la intervención de los Tribunales.