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Articulo 95 Reglamento de la Ley 3/1993, forestal -Vigente-

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Artículo 95. Líneas de investigación e innovación

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1. De acuerdo con los criterios del artículo 94, la Generalitat fomentará las siguientes cuatro líneas estratégicas de investigación forestal, mediante su incentivo económico de acuerdo con las posibilidades presupuestarias:

a) Mitigación del impacto de los cambios socioeconómicos y climáticos y desarrollo de estrategias de adaptación a dichos cambios, por los ecosistemas forestales.

b) Integración en la gestión y planificación forestal del riesgo de incendios y de la propagación de otras perturbaciones a escala de paisaje, especialmente plagas/enfermedades y sequías.

c) Provisión sostenible de bienes y servicios ambientales por los ecosistemas forestales.

d) Desarrollo de herramientas de gestión forestal adaptativa, multiobjetivo y participativa.

e) Desarrollo de herramientas para la prevención de incendios forestales.