Artículo 95 septies TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos
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»Artículo 95 septies. Sujeto pasivo.
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Son sujetos pasivos de esta tasa los solicitantes de las referidas certificaciones académicas y sus duplicados, así como de las solicitudes de homologación, convalidación o reconocimiento y de la expedición de copias auténticas o autenticadas y de compulsa de los citados documentos.
Modificaciones
- Artículo modificado (95 septies (se añade)) por LEY 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi.
(PV de 06-07-2012) en vigor desde 07-07-2012
