Artículo 95 sexies TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos
Ver Indice
»Artículo 95 sexies. Hecho imponible.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de los servicios necesarios para la expedición por la Academia Vasca de Policía y Emergencias de las certificaciones académicas y sus duplicados, homologaciones, convalidaciones y reconocimientos, así como la expedición de copias auténticas o autenticadas y de compulsa de los citados documentos.
Modificaciones
- Artículo modificado (95 sexies (se añade)) por LEY 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi.
(PV de 06-07-2012) en vigor desde 07-07-2012
