Articulo 95 sobre la marca de la Unión Europea
Ver Indice
»Artículo 95. Examen de oficio de los hechos
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En el curso del procedimiento, la Oficina procederá al examen de oficio de los hechos; sin embargo, en un procedimiento sobre motivos de denegación relativos de registro, el examen se limitará a los medios allegados y a las solicitudes presentadas por las partes. En el procedimiento de nulidad con arreglo el artículo 59, la Oficina deberá circunscribir su examen a los motivos y alegaciones presentados por las partes.
2. La Oficina podrá no tener en cuenta los hechos que las partes no hubieren alegado o las pruebas que no hubieren presentado dentro de plazo.
