Articulo 95 Vivienda de I Balears

Articulo 95 Vivienda de I. Balears

Ver Indice
»

Artículo 95. Plazo de resolución

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El plazo de resolución y notificación de los procedimientos sancionadores a que se refiere esta ley es de un año, a contar desde la fecha del acuerdo de inicio del expediente.