Artículo 96 bis Transportes terrestres y movilidad sostenible de Illes Balears
Artículo 96 bis. Infracciones muy graves y graves
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1. Se consideran infracciones muy graves:
1.1. Llevar a cabo la actividad de alquiler con conductor sin la autorización preceptiva.
1.2. Prestar un servicio urbano o interurbano con un vehículo de alquiler con conductor sin disponer de la autorización que habilite para prestarlo.
1.3. Prestar un servicio con un vehículo de alquiler con conductor en un ámbito territorial diferente de aquel en que esté autorizado.
1.4. Recoger clientes de un servicio de alquiler con conductor que no hayan contratado previamente el servicio.
1.5 Iniciar un servicio sin que el titular de la autorización haya comunicado por vía electrónica, los datos relativos a este exigidos por la legislación vigente.
1.6. Cometer una infracción grave de acuerdo con lo que prevé el punto 2 de este artículo, cuando en los veinticuatro meses anteriores a la comisión se haya sido sancionado, mediante una resolución firme, por una infracción tipificada en el mismo punto 2 de este artículo.
2. Se consideran infracciones graves:
2.1 Incumplir cualquier de las condiciones establecidas en los artículos 74 ter, 74 quater, 74 quinquies y 74 sexies de esta ley y en la normativa de desarrollo que no estén tipificadas como muy graves.
2.2 Incumplir los requisitos establecidos por el consejo insular competente en cuanto a autorizaciones de alquiler con conductor de ámbito insular.
- Modificación realizada (el intitulado y los apartados 1 y 2) por Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y de otras medidas de simplificación y racionalización administrativas (PM de 13-06-2026) en vigor desde 14-06-2026
- Modificación realizada (96 bis) por Decreto ley 1/2019, de 22 de febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de transportes terrestres
(PM de 23-02-2019) en vigor desde 24-02-2019 - Modificación realizada (96 bis (se añade)) por Decreto ley 2/2017 de 26 de mayo, de medidas urgentes en materia de transportes terrestres
(PM de 27-05-2017) en vigor desde 28-05-2017 - Artículo modificado (96 bis) por Ley 1/2024, de 16 de febrero, de mejora de la regulación de los servicios de transporte con vehículos de hasta nueve plazas en las Illes Balears
en vigor desde
