Articulo 96 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 96. - Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de la tasa la instrucción del expediente de inscripción o modificación, así como la prestación de cualquier información que conste en los registros de asociaciones, de fundaciones, de colegios profesionales y consejos de colegios de Aragón, gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
