Articulo 96 Ordenación de... Cantabria

Articulo 96 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria

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Artículo 96. Planes supramunicipales.

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Los Planes Generales de Ordenación Urbana que comprendan el término de varios Municipios serán formulados de común acuerdo y recibirán la aprobación de los respectivos Ayuntamientos. Los trámites de información pública se anunciarán asimismo en todos los Ayuntamientos implicados.