Articulo 96 Reglamento de...de Navarra

Articulo 96 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra

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Artículo 96. Sanción de las infracciones muy graves.

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1. Las infracciones muy graves citadas en el artículo anterior se sancionaran conforme se establece en los apartados siguientes.

2. Las infracciones señaladas en las letras a) a f), ambas inclusive, del apartado 2 se sancionaran con una multa de entre 500.000 y 10.000.000 de pesetas, que será exigible a la empresa responsable.

3. Las infracciones señaladas en las letras g) y h) del apartado 2 se sancionaran con una multa de entre 500.000 y 10.000.000 de pesetas si fueren imputables a la empresa, o de entre 50.000 y 500.000 pesetas si fueren imputables a sus empleados.

4. Las infracciones señaladas en la letra i) del apartado 2 se sancionaran con multa hasta el límite de 10.000.000 de pesetas, que se exigirá al sujeto que resulte responsable.

5. Las multas señaladas en este artículo podrán acompañarse de las demás sanciones previstas en el artículo 26.1 de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo.