Articulo 96 Reglamento del IRPF
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»Artículo 96. Importe de las retenciones sobre los premios
Vigente
La retención a practicar sobre los premios en metálico será del 19 por ciento de su importe, salvo lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoctava de la Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
(NOTA: Ver Disposición Adicional 5ª para 2015)
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-08-2014 en vigor desde 09-08-2014