Articulo 96 Reglamento de...-Derogado-

Articulo 96 Reglamento del IRPF estatal -Derogado-

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Artículo 96. Nacimiento de la obligación de retener.

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(DEROGADO)

La obligación de retener nacerá en el momento en que se formalice la transmisión o reembolso de las acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva, cualesquiera que sean las condiciones de cobro pactadas.