Articulo 97 Cambio climático y la transición ecológica
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Artículo 97. Gestión energética del sector público

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1. Con el fin de racionalizar su consumo energético, las administraciones públicas efectuarán auditorías energéticas que incluirán propuestas concretas de mejoras de eficiencia energética para los edificios que ocupen o de los que sean titulares.

2. En cada administración pública valenciana se implantará la figura del gestor energético con la función de realizar un seguimiento del consumo energético y proponer mejoras destinadas a conseguir la eficiencia energética y la producción de energías renovables en los edificios. Así mismo, le corresponde proponer la implantación y realizar el seguimiento de las medidas derivadas de las auditorías energéticas.

3. En el ámbito de la Generalitat Valenciana, habrá al menos un gestor en cada conselleria y entidad del sector público instrumental. El resto de las administraciones públicas valencianas deberán disponer también de gestores energéticos. A tal efecto podrán colaborar entre sí cuando no dispongan de medios suficientes.

4. En los edificios del sector público que, por motivos de consumo, superficie, ejemplaridad o afluencia de personas sea recomendable, se exhibirá en un lugar visible próximo a la entrada un cartel explicativo sobre las medidas de ahorro, eficiencia energética y producción de renovables aplicadas en el edificio en los términos que se dispongan en una resolución del conseller o de la consellera competente en materia de cambio climático.

5. El desarrollo reglamentario de esta ley preverá el procedimiento por el cual la conselleria competente en materia de cooperación local, con la colaboración del departamento competente en materia de energía, previo informe favorable del ayuntamiento correspondiente pueda asumir la realización de la auditoría energética y la implantación de la figura del gestor energético por los municipios con una población inferior a 5.000 habitantes que no lo hagan de manera mancomunada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2022 en vigor desde 10-12-2022