Articulo 97 Carta Municipal de Barcelona
Ver Indice
»Artículo 97.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Ayuntamiento debe facilitar a los ciudadanos el acceso a las formas de notificación de infracciones de tráfico en las vías urbanas por los medios tecnológicos de telecomunicaciones.
