Articulo 97 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
Articulo 97 Reestructurac...nistrativa

Articulo 97 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 97. Modificación del artículo 8 de la Ley 14/2007

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifican los apartados 4 y 5 del artículo 8 de la Ley 14/2007, que quedan redactados del siguiente modo:

"4. Asisten a las sesiones de la Junta de Gobierno del Instituto Catalán Internacional por la Paz, con voz pero sin voto, el director o directora del Instituto y un representante o una representante de la asamblea del personal del Instituto. Hace las funciones de secretario o secretaria la persona designada por el director o directora entre el personal del Instituto o al servicio del departamento de la Generalidad competente en materia de fomento de la paz.

"5. La Junta de Gobierno del Instituto Catalán Internacional por la Paz se rige por las normas de funcionamiento de los órganos colegiados, establecidas por la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en todo lo no regulado expresamente por la presente ley o por el reglamento orgánico."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011