Articulo 97 Régimen de Pe...a Nacional

Articulo 97 Régimen de Personal de la Policía Nacional

Ver Indice
»

Artículo 97. Órganos paritarios de participación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los órganos colegiados de participación con representación paritaria de la Administración y de los representantes de los Policías Nacionales, en materia de prevención de riesgos laborales son la Comisión de Seguridad y Salud Laboral Policial, a nivel nacional, y los Comités de Seguridad y Salud, a nivel de Jefatura Superior de Policía y del conjunto de los servicios centrales.