Articulo 97 Uso estratégico de la contratación pública
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Artículo 97. La Junta de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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1. La Junta de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón es el órgano consultivo en materia de contratación pública del sector público autonómico y de los entes locales radicados en su territorio, y está adscrita al departamento competente en materia de contratación pública de la Comunidad Autónoma.

2. Ejercerá sus competencias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de colaborar con la Junta de Contratación Pública del Estado y las que existan en el resto de Comunidades Autónomas.

3. La Junta de Contratación Pública estará compuesta por profesionales con cualificación y experiencia consolidada en materia de contratación pública. Su composición y régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-05-2023