Articulo 98 Administración Local de Galicia
Ver Indice
»Artículo 98.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Podrán declararse municipios pesqueros aquellos en los que la actividad económica predominante corresponda a este sector primario y así sea declarado por el Consejo de la Junta de Galicia.
