Articulo 98 se aprueba el...lla y León

Articulo 98 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

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Artículo 98. Usos fuera de ordenación.

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Al establecerse la ordenación detallada se indicarán los usos del suelo y en especial las construcciones e instalaciones que se declaren fuera de ordenación de forma expresa por su disconformidad con las determinaciones del planeamiento urbanístico. En particular, siempre deben declararse fuera de ordenación de forma expresa los usos emplazados en terrenos que hayan de ser objeto de cesión o expropiación, o en construcciones o instalaciones para las que se haya dispuesto su demolición.