Articulo 98 Carta Municipal de Barcelona
Ver Indice
»Artículo 98.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el marco de las relaciones de colaboración y coordinación de las Administraciones públicas, las empresas concesionarias del servicio de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) deben exigir a los usuarios la acreditación del pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y poner en conocimiento del Ayuntamiento los datos de los titulares de vehículos que no acrediten dicho pago.
