Articulo 98 Comercio de C Valenciana

Articulo 98 Comercio de C. Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 98. Ferias comerciales

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



A los efectos de esta ley, se consideran ferias comerciales aquellas manifestaciones comerciales que se desarrollen en el territorio de la Comunitat Valenciana y tengan por finalidad la exposición o muestra de bienes y servicios, con objeto de favorecer su conocimiento y difusión, promover contactos e intercambios comerciales y facilitar el acercamiento de la oferta de las distintas ramas de la actividad económica y la demanda, logrando una mayor transparencia en el mercado.

Estas manifestaciones comerciales deberán reunir, además, las siguientes características:

1. Tener una duración limitada en el tiempo.

2. Tener carácter periódico y vocación de permanencia.

3. Reunir una pluralidad de expositores.