Articulo 98 Cooperativas de Cataluña -Derogada-
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»Artículo 98. Objeto.
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Las cooperativas de consumidores y usuarios tienen como objeto primordial la entrega de bienes o la prestación de servicios para el consumo directo de los socios y sus familiares, y el desarrollo de las actividades necesarias para el incremento de la información, la formación y la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios.
