Artículo 98. DECRETO 91/2026, de 12 de junio, C. Valenciana, Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer
Artículo 98. Infracciones leves.
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Son infracciones leves:
1. El mal estado de las instalaciones, la falta de limpieza o de higiene así como el deterioro que provoque incomodidad en el público o en los participantes.
2. El acceso del público al lugar de desarrollo del espectáculo o festejo taurino cuando, por la naturaleza de la actividad, el público no deba tener acceso al mismo.
3. La celebración de espectáculos o festejos taurinos sin la previa presentación de carteles o programas, cuando sea necesaria.
4. La utilización de indicadores o rótulos que induzcan a error, en cuanto a la actividad para la que está autorizado.
5. Cualquier incumplimiento de lo establecido en la Ley de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, en la legislación reguladora de los espectáculos taurinos, o en este reglamento, en relación con la exigencia de la realización de actuaciones ante la administración competente sobre plazos, condiciones o requisitos para el desarrollo del festejo o espectáculo taurino, no tipificados como infracciones graves o muy graves.
