Articulo 98 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organ...neralitat Valenciana
Articulo 98 Medidas fisca...Valenciana

Articulo 98 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 98

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Se modifican los apartados 2 y 4 del artículo 1, el apartado 2 del artículo 2 y el artículo 6 de la Ley 7/2008, de 13 de junio, de la Generalitat, de reconocimiento de la Universitat Internacional Valenciana, del siguiente modo:

Artículo 1. Reconocimiento de la Universitat Internacional Valenciana

[…]

2.

La Universitat Internacional Valenciana - Valencian International University, SL, es la titular de la Universitat Internacional Valenciana que, por esta ley, adquiere personalidad jurídica propia.

[…]

4. Sin perjuicio de su denominación oficial, la Universitat Internacional Valenciana podrá utilizar también las denominaciones Valencian International University (y su acrónimo VIU) y Universidad Internacional de Valencia.

Artículo 2. Enseñanzas y organización

[…]

2.

La Universitat Internacional Valenciana, para el desarrollo de sus fines, se dota de la estructura docente, de investigación y de gestión necesaria y adecuada a la enseñanza predominantemente no presencial, de acuerdo con lo que establezcan sus normas de organización y funcionamiento. Esta estructura tendrá una sede central en la ciudad de Valencia y se podrán crear, reconocer o adscribir otros centros o estructuras propios que aseguren la atención del estudiantado de estas enseñanzas, así como de otras actividades que pueda desarrollar en el conjunto del territorio de la Comunitat Valenciana o fuera de este.

[…]

Artículo 6. Financiación de la Universitat Internacional Valenciana

La Universitat Internacional Valenciana se financia con:

a) El importe de las matrículas y los rendimientos de las actividades de la Universidad.

b) Las aportaciones de personas físicas o jurídicas.

c) Las rentas, los frutos, los intereses y los productos de su patrimonio.

d) Las subvenciones, las donaciones, las herencias, los legados y los premios provenientes de personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas.

e) Las contraprestaciones derivadas de los convenios.

f) Cualquier otro recurso autorizado por la ley.