Articulo 98 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico
Articulo 98 Organización ...autonómico

Articulo 98 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 98. Personal.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El personal de los consorcios autonómicos se sujetará al régimen previsto en el artículo 58º de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-01-2011