Articulo 98 Patrimonio de Extremadura

Articulo 98 Patrimonio de Extremadura

Ver Indice
»

Artículo 98. Adquisición por usucapión, accesión u ocupación.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La adquisición de bienes y derechos por usucapión, accesión y ocupación se ajustará a lo establecido en el Código Civil y en las leyes especiales.