Articulo 98 Régimen específico de tasas
Artículo 98. Cuantía.
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La tasa se exige de acuerdo con las siguientes tarifas:
1. Bachillerato: expedición del título de bachillerato: 57,09 euros.
2. Formación profesional (sistema educativo):
- Expedición del título de técnico: 27,02 euros.
- Expedición del título de técnico superior: 66,34 euros.
- Expedición del título de especialista: 27,02 euros.
- Expedición del título de máster de formación profesional: 66,34 euros.
3. Enseñanzas de régimen especial:
3.1 Enseñanzas de idiomas:
- Certificado oficial que acredita la superación de un nivel: 8,00 euros.
- Certificación oficial del conocimiento de las lenguas por el alumnado que ha cursado enseñanzas de educación secundaria o de formación profesional: 8,00 euros.
- Certificado de aptitud de un idioma (enseñanzas anteriores a la LOE): 27,47 euros.
3.2 Enseñanzas artísticas:
3.2.1 Enseñanzas profesionales de artes plásticas y de diseño:
- Expedición del título de técnico: 23,24 euros.
- Expedición del título de técnico superior: 57,09 euros.
3.2.2 Estudios superiores de artes plásticas y de diseño:
- Expedición del título superior de diseño, en la especialidad que corresponda, o expedición del título de Máster en Enseñanzas Artísticas: 67,58 €.
- Expedición de un certificado supletorio al título: 36,74 €.
- Expedición del suplemento europeo al título (enseñanzas anteriores a la LOE): 36,74 €.
3.2.3 Enseñanzas de música, danza y arte dramático:
- Expedición del diploma correspondiente a las enseñanzas elementales de música o danza: 8,95 €.
- Expedición del título correspondiente a las enseñanzas profesionales de música o danza: 104,41 €.
- Expedición del título correspondiente a las enseñanzas superiores de música, de danza o de arte dramático: 173,13 €.
3.3 Enseñanzas deportivas:
- Expedición del título de técnico deportivo en la modalidad o especialidad correspondiente: 23,24 euros.
- Expedición del título de técnico deportivo superior en la modalidad o especialidad correspondiente: 57,09 euros.
4. Reexpedición de cualquier título, diploma o certificado oficial: 14,66 euros.
5. Expedición de títulos académicos, de diplomas o de certificados oficiales que no figuren en los apartados anteriores, que correspondan a estudios realizados de acuerdo con cualquier regulación académica anterior a la vigente y que no estén gravados por tasas de otra administración pública:
- Expedición de un certificado oficial: 8,00 euros.
- Expedición de un diploma: 23,24 euros.
- Expedición de un título académico: 57,09 euros.
- Modificación realizada (98 (apdo. 2)) por Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2025.
(PM de 24-07-2025) en vigor desde 25-07-2025 - Modificación realizada (98 (apdos. 3.2.2 y 3.2.3)) por Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2019
(PM de 29-12-2018) en vigor desde 01-01-2019 - Modificación realizada (98 (apdo. 3.2.2)) por Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de lacomunidad autónoma de las Illes Balears para el año2014
(PM de 31-12-2013) en vigor desde 01-01-2014 - Modificación realizada (98) por Ley 9/2008, de 19 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autonoma de las Illes Balears para el año 2009
(PM de 27-12-2008) en vigor desde 01-01-2009 - Modificación realizada (98 (apdos. 3.1 y 3.4)) por Ley 11/2002, de 23 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas
(PM de 28-12-2002) en vigor desde 01-01-2003 - Artículo modificado (98) por LEY 16/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública.
(BOE de 05-02-2001) en vigor desde 01-01-2001
