Articulo 98 Reglamento de la Ley 3/1993, Forestal
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Artículo noventa y ocho

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Podrán revocarse las autorizaciones a que se hace referencia en este capítulo por razones de prevención de incendios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-06-1995 en vigor desde 02-06-1995