Articulo 99 Capitalidad de Palma

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Artículo 99

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1. La actividad de prestación de los servicios sociales contribuirá a hacer real y efectiva la igualdad, garantizando y facilitando a todos la ciudadanía el acceso a los servicios que tienden a favorecer un desarrollo libre y pleno de la persona y de los colectivos dentro de la sociedad, especialmente en casos de limitaciones y carencias. Se prevendrán y eliminarán las causas que conduzcan a la exclusión social y a conseguir la integración de toda la ciudadanía favoreciendo su solidaridad y participación.

2. La gestión de servicios sociales dentro del ámbito territorial del municipio de Palma de Mallorca se coordinará, en todo lo posible, con los servicios de asistencia sanitaria.

3. Las funciones en materia de servicios sociales que se desarrollan en el ámbito municipal de Palma de Mallorca son las siguientes:

a) Elaborar la planificación general de los servicios que se prestan, tanto en lo referido a construcciones e instalaciones como a tipos de servicios.

b) Proponer al Gobierno de la comunidad autónoma, a través del Consejo de la Capitalidad, la reglamentación de las entidades, los servicios y los establecimientos públicos y privados que prestan servicios sociales en el municipio de Palma de Mallorca.

c) Los servicios que tienen que prestarse en el municipio de Palma de Mallorca son básicamente los siguientes:

- Servicio de acogida y de promoción sociolaboral (albergue de transeúntes para personas sin hogar).

- Servicio de acogida para mujeres y familias (mujeres maltratadas o familias en situación de emergencia social).

- Servicio de integración y atención a personas discapacitadas.

- Servicio de talleres de promoción social con el fin de integración social de colectivos en riesgo.

- Servicio de promoción grupal y comunitaria. Servicio de alojamiento temporal para minorías étnicas.

- Cursos de formación ocupacional.

- Programa de orientación y promoción laboral.

- Inserción formativa para personas discapacitadas.

- Colaboración técnica y económica con entidades (convenios y subvenciones a asociaciones vinculadas a servicios sociales).

- Concesión de subvenciones a asociaciones que trabajan en acciones humanitarias del tercer mundo.

- Atención comunitaria (proyectos de intervención en la comunidad desde los centros municipales de servicios sociales y el Centro Municipal de Drogodependencias, con el fin de favorecer la integración y la promoción social de las personas con dificultades).

- Atención psicosocial desde los profesionales de los centros municipales.

- Atención social a familias e personas desde los centros municipales.

- Atención socioeducativa.

- Atención especializada (prevención, tratamiento y taller de actividades)del servicio ambulatorio o drogodependientes (Centro Municipal de Drogodependencias).

- Voluntariado municipal de acción social.

- Ayuda a domicilio a personas con dificultades de movilidad física o falta de autonomía.

- Ayudas técnicas a domicilio (material ortopédico).

- Comida a domicilio (elaboración y distribución de comida a personas mayores o incapacitadas).

- Tutela a personas discapacitadas.

- Comedor social para personas mayores.

- Servicio de teleasistencia (para personas mayores con problemas de soledad o dificultades de movilidad).

- Concesión de ayudas económicas no periódicas para necesidades básicas de personas con dificultades (alquileres, alimentación, etc.).

- Concesión de becas de comedor y de guardería para niños en situación de riesgo o de desatención.

- Concesión de becas de inserción formativa laboral.

- Tramitación del salario social.

- Servicio de información, asesoramiento y derivación.

- Expedición de títulos o tarjetas para personas mayores, pensionistas, con minusvalía o acogidas en beneficencia, para obtener descuentos en líneas de transporte u otros similares, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine.

- Plazas para personas mayores en residencias públicas o privadas.

d) Organizar la información a la ciudadanía y proporcionar el apoyo informativo de evaluación y estadística a las tareas de ordenación y planificación de servicios sociales.

e) Crear una escuela permanente de formación del voluntariado, suscribiendo los convenios que se estime convenientes con otras administraciones públicas.