Articulo 99 General de Hacienda Publica

Articulo 99 General de Hacienda Publica

Ver Indice
»

Artículo 99. Devoluciones de ingresos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


En la gestión de devoluciones de ingresos se distinguirá el reconocimiento del derecho a la devolución, cuyo origen será la realización de un ingreso indebido u otra causa legalmente establecida, y el pago de la devolución.