Articulo 99 Hacienda Pública de Navarra

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Artículo 99. Fiscalización previa e intervención de pagos a justificar y anticipos de caja fija.

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Reglamentariamente se determinarán los requisitos a verificar en la fiscalización previa de las órdenes de pagos a justificar y en las reposiciones de fondos, en su caso, así como el procedimiento a seguir en la intervención de sus cuentas justificativas.