Articulo 99 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
Artículo 99.
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Se modifica el apartado 1 del artículo 36 del Decreto Legislativo 1/2003, de 1 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos, queda redactado como sigue:
1. Se constituirá un Consejo Asesor de La Generalitat en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos, como órgano colegiado de carácter consultivo, que quedará adscrito a la Conselleria de Sanidad o la que ostente las competencias en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos, en el que estarán representados las Administraciones Públicas, las Organizaciones No Gubernamentales que trabajen en materia, las Universidades, las centrales sindicales, las asociaciones de usuarios/as y consumidores/as, las organizaciones empresariales y los colegios profesionales, con el objeto de promover la participación de la comunidad y favorecer la coordinación y racionalización en la utilización de recursos.
