Articulo 99 Protección ge...y usuarias

Articulo 99 Protección general de las personas consumidoras y usuarias

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Artículo 99. Servicios.

Vigente

En las infracciones cometidas en la prestación de servicios, la empresa o razón social obligada a prestarlos, legalmente o por medio de un contrato con el consumidor, será considerada responsable.