Articulo 99 Régimen juríd...ctividades

Articulo 99 Régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades

Ver Indice
»

Artículo 99. Notificación a los colegios profesionales correspondientes

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las resoluciones firmes de los expedientes sancionadores en los que aparezca un técnico o una técnica deben notificarse al correspondiente colegio profesional a efectos de la depuración que corresponda según sus estatutos profesionales.