Articulo 99 Servicios sociales de C. León
Ver Indice
»Artículo 99. Financiación de programas y proyectos de voluntariado social.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las administraciones públicas de Castilla y León podrán financiar a las entidades de voluntariado para el desarrollo de programas o proyectos en materia de acción social y servicios sociales que se entiendan de interés para el sistema, de acuerdo con lo establecido en la legislación específica reguladora de la participación social organizada.
