Articulo 99 Transportes t...es Balears

Articulo 99 Transportes terrestres y movilidad sostenible de Illes Balears

Ver Indice
»

Artículo 99. Ámbito procedimental

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los expedientes sancionadores se tramitarán de acuerdo con el procedimiento sancionador previsto en el ámbito competencial que corresponda: en el transporte urbano, el correspondiente al ámbito municipal, y en el transporte interurbano, el previsto en la normativa autonómica reguladora del procedimiento sancionador.