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I Plan de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de les Illes Balears (2026-2031) Acuerdo de 17 de julio de 2026, Baleares, I Plan de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral (2026-2031)

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I Plan de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de les Illes Balears (2026-2031)

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La Ley 3/2025, de 4 de julio, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las Islas Baleares, reconoce la conciliación como un derecho de la ciudadanía y como un instrumento esencial para avanzar hacia la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, garantizar el bienestar de las familias y favorecer la sostenibilidad del modelo social balear.

La disposición adicional tercera de la Ley 3/2025 prevé que en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno de las Illes Balears aprobará el plan autonómico de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral previsto en el artículo 10 de esta ley. El plan autonómico debe recoger en su contenido todas las medidas y actuaciones en materia de corresponsabilidad familiar y de conciliación de la vida personal, familiar y laboral que respondan a los principios y objetivos establecidos en esta ley.

El artículo 10 de la Ley 3/2025 indica que el plan autonómico de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral debe recoger de manera sistemática, para cada período de vigencia, los objetivos, actuaciones y medidas concretas y específicas que, dentro del marco normativo aplicable en cada momento, se hayan consensuado, y a continuación, añade que la elaboración del plan autonómico ha de recoger un estudio diagnóstico en materia de conciliación y corresponsabilidad en las Illes Balears, a fin de conocer la situación de partida y las necesidades existentes en este ámbito.

El Comité de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y de eliminación de la brecha laboral, en el que se encuentran representadas las administraciones públicas con competencias en el ámbito de esta ley, así como las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de las Islas Baleares, reunido en la sesión núm. 1/2026, de 23 de febrero, participó en la elaboración del Plan de apoyo a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las Islas Baleares.

Mediante el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 15/2015, de 12 de septiembre, la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo de Igualdad, asumió a través de la Dirección General de Conciliación y de Igualdad en el ámbito laboral, las competencias en materia de fomento de las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las empresas y en todos los ámbitos.

Por todo ello, y para cumplir con el mandato previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 3/2025, de 4 de julio, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las Illes Balears, a propuesta de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en la sesión de 17 de julio de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar el I Plan de apoyo a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de les Illes Balears, para el periodo 2026-2031, que se adjunta como anexo.

Segundo. Facultar a la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social para llevar a cabo las actuaciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este Acuerdo.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Palma, en la fecha de la firma electrónica (17 de julio de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

La presidenta

Margarita Prohens Rigo

PLAN AUTONÓMICO DE APOYO A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL DE LAS ILLES BALEARS 2026-2031

(PLAN OMITIDO. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)