Comunicación de la Comisión. Programa de trabajo de la Unión de 2026 sobre normalización europea
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(C/2026/1695)
El artículo 8 del Reglamento (UE) n.o 1025/2012 sobre la normalización europea (el «Reglamento sobre la normalización») (1) establece que la Comisión adoptará un programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea. En consonancia con las normas respectivas, la presente Comunicación de la Comisión define las prioridades estratégicas de la normalización europea, las normas europeas y los documentos europeos de normalización que la Comisión tiene previsto solicitar a las organizaciones europeas de normalización, así como los objetivos y las políticas específicos en relación con dichas normas y documentos (véase el anexo).La Comunicación se elaboró para apoyar específicamente las políticas y la legislación de la UE con el objetivo de contribuir a las prioridades de la UE, tal como se describen en la Brújula para la Competitividad (2). Un sistema europeo de normalización accesible y con capacidad de respuesta es esencial para la competitividad de la industria de la UE en mercados tecnológicos clave. Puede contribuir directamente a colmar la brecha de innovación, descarbonizar la economía de la UE, reducir las dependencias estratégicas de la UE y profundizar el mercado interior.
Al facilitar la innovación y el acceso al mercado único y reforzar la posición competitiva de la industria europea a escala internacional, la normalización constituye una herramienta esencial de la política industrial de la Unión, tal como se indica en la Estrategia de Normalización (3) y en la Estrategia Industrial de la UE (4). Las normas apoyan las políticas de la Unión para garantizar que sus productos y servicios sean competitivos y reflejen las consideraciones más recientes en materia social, medioambiental, de seguridad, de protección y de salud. Además, son una herramienta importante para la valorización de la investigación, el desarrollo y la innovación al demostrar la viabilidad de los conceptos y fomentar el despliegue de nuevas cadenas de valor industriales en tecnologías estratégicas clave (5). La normalización también contribuye al funcionamiento eficaz del mercado único, al proporcionar seguridad jurídica y facilitar el acceso al mercado, como se indica en la Estrategia para el Mercado Único (6).
De conformidad con el artículo 8, apartado 4, del Reglamento sobre la normalización, la Comisión llevó a cabo una amplia consulta con las partes interesadas pertinentes y consultó al Comité de Normas. Conforme a la Decisión de la Comisión (7) sobre la creación del Foro de Alto Nivel sobre Normalización Europea, que se estableció en enero de 2023, la Comisión también tuvo en cuenta el asesoramiento del Foro sobre las acciones prioritarias para el programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea.
En el anexo de la presente comunicación se enumeran acciones para preparar, desarrollar y revisar las normas europeas o los documentos europeos de normalización. Estas acciones son necesarias y adecuadas para apoyar la legislación y las políticas de la Unión, reforzando así su liderazgo en el establecimiento de normas mundiales. El programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea para 2026 apoyará, en particular, la ejecución de las iniciativas clave de la Comisión (8).
El programa de trabajo anual de la Unión para 2026 complementa los anteriores programas de trabajo anuales de la Unión, en particular la comunicación de 2025 (9), que ejecutan la Comisión y las organizaciones europeas de normalización. Por lo tanto, no reitera las acciones, descritas en los años anteriores, que se ejecutarán en 2026.
Desde la publicación de la Estrategia de Normalización en 2022, la Comisión ha establecido una lista de acciones políticas prioritarias entre las que se enumeran en el anexo. Estos documentos de normalización prioritarios apoyan las políticas fundamentales de la Unión en favor de la competitividad y merecen una atención extraordinaria por parte del sistema de normalización europeo, incluidos los documentos de vía rápida.
En este contexto, la Comisión ha señalado como prioridades estratégicas las acciones de normalización siguientes:
1. normas para apoyar el ecosistema europeo de inteligencia artificial y la transición a una economía de los datos (acción 1: inteligencia artificial; acción 3: interoperabilidad de los servicios de tratamiento de datos; acción 4: datos de calidad para la inteligencia artificial y la innovación; y acción 6: cartera de identidad digital de la UE);
2. normas para apoyar el desarrollo de la tecnología cuántica europea (acción 2: normas para impulsar el desarrollo de tecnología cuántica y la aplicación de protocolos de criptografía postcuántica);
3. normas para apoyar un mercado europeo de la construcción competitivo y sostenible (acción 32: registros digitales de edificios; acción 33: productos de construcción, y acción 42: productos de hormigón prefabricados);
4. normas en apoyo de la seguridad de la UE (acción 5: requisitos de ciberseguridad para los productos con elementos digitales; acción 25: redes de comunicación esenciales para la seguridad pública; acción 26: normas de doble uso: cartografía civil-militar y análisis de deficiencias);
5. normas para apoyar la transición ecológica y el diseño ecológico de productos sostenibles (acción 10: microplásticos, acción 11: diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de calefacción local; acción 12: diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de calefacción; acción 13: diseño ecológico de fuentes de alimentación externas; acción 14: diseño ecológico de ventiladores industriales; acción 15: diseño ecológico y etiquetado energético de acondicionadores de aire y ventiladores; acción 16: diseño ecológico y etiquetado energético de calentadores de agua; acción 17: diseño ecológico para transformadores de potencia pequeños, medianos y grandes; acción 18: envases compostables, y acción 23: bioproductos sostenibles).
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(1) Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 316 de 14.11.2012, p. 12).
(2) «Una Brújula para la Competitividad de la UE» [COM(2025) 30 final].
(3) «Estrategia de la UE en materia de normalización. Establecer normas mundiales para apoyar un mercado único de la Unión resiliente, ecológico y digital» [COM(2022) 31 final].
(4) «Actualización del nuevo modelo de industria de 2020: Creación de un mercado único más sólido para la recuperación de Europa» [COM(2021) 350 final].
(5) Recomendación (UE) 2022/2415 del Consejo, de 2 de diciembre de 2022, sobre los principios rectores para la valorización del conocimiento.
(6) «El mercado único: nuestro mercado interno europeo en un mundo incierto. Una Estrategia para hacer que el mercado único sea sencillo, fluido y fuerte» [COM(2025) 500 final].
(7) Commission Decision C(2022) 6189 setting up the group of experts «High-Level Forum on European Standardisation» [«Decisión C(2022) 6189 de la Comisión, por la que se crea el grupo de expertos "Foro de Alto Nivel sobre Normalización Europea" », documento en inglés].
(8) Por ejemplo, la Estrategia Europea para la Construcción de Viviendas [COM(2025) 991 final] o el marco estratégico para una bioeconomía de la UE competitiva y sostenible [COM(2025) 960 final].
(9) Comunicación de la Comisión, «Programa de trabajo de la Unión de 2025 sobre normalización europea», C/2025/1818.
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