Articulo �nico de Atribución del número 010 al servicio de información de las Administraciones Locales
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»Primero. Atribución de recursos públicos de numeración.
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1. Se atribuye el número corto 010, del plan nacional de numeración telefónica, al servicio de información telefónica de las Administraciones Locales en los municipios que figuran en el anexo.
2. La presente atribución podrá modificarse ampliándola a otros municipios, o reduciéndola, previa presentación de solicitud, ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la Administración Local correspondiente.
3. A los efectos previstos en el apartado a) del punto 10.4 del plan nacional de numeración telefónica, el servicio prestado a través del número atribuido en el párrafo anterior se considera de interés social.
