Articulo �nico que autoriza la cesión de datos con trascendencia tributaria para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita
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»Artículo Único. Modificación de la Norma Foral 6/2005, de 28 de febrero, General Tributaria de Álava.
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Se añade una nueva letra o) al apartado 1 del artículo 92 de la Norma Foral 6/2005, de 28 de febrero, General Tributaria de Álava, que queda redactada de la siguiente forma:
"o) La colaboración con el Consejo General de la Abogacía y con los Colegios de Abogados para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita, previa autorización de los obligados tributarios a que se refieran los datos suministrados."
