Articulo nico Descripción de las distinciones de los policías locales
- Norma vigente hasta el 15 de diciembre de 2025. - Orden de 24 de Nov de 2025 C.A. Galicia (se describen las distinciones que la Xunta podrá otorgar al personal de los cuerpos de policía local y al personal vigilante municipal, así como a aquellas personas o entidades públicas y privadas que destaquen por su conducta a favor de las policías loca)
Artículo único.
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1. Se aprueban las descripciones técnicas y/o los diplomas o certificados documentales, que las acreditan colectiva o individualmente, de las siguientes distinciones:
a) Placa colectiva al mérito de la policía local.
b) Placa individual al mérito de la policía local.
c) Medalla al mérito de la policía local.
d) Distintivo de permanencia.
e) Felicitaciones públicas.
2. Estas descripciones figuran como anexos a esta orden, relacionados de la siguiente manera:
ANEXO I. Placa colectiva al mérito de la policía local, medalla, pasador, insignia de solapa y diploma correspondiente.
ANEXO II. Placa individual al mérito de la policía local, medalla, pasador, insignia de solapa y diploma correspondiente.
ANEXO III. Medalla al mérito de la policía local, pasador, insignia de solapa y diploma correspondiente.
ANEXO IV. Distintivo de permanencia, pasador, insignia de solapa y diploma correspondiente.
ANEXO V. Diploma que acredita la concesión de felicitaciones públicas.
