Articulo nico DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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1. Este Decreto legislativo se dicta en cumplimiento del mandato establecido en la disposición final primera de la Ley 5/2007, del 4 de julio, de medidas fiscales y financieras, y en la disposición final primera de la Ley 17/2007, de 21 de diciembre, de medidas fiscales y financieras.
2. Se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña cuyo texto se publica a continuación.
