Articulo �nico y Homogeneización de los documentos de identidad que utilice el personal al servicio de la Administracion de la Comunidad Autónoma
Ver Indice
»Primera. Objeto y ámbito de aplicación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La presente Circular establece las características que deben reunir los documentos identificativos del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, al objeto de que cada empleada y empleado público solo precise utilizar un único carnet de identificación y que éste le sirva en sus relaciones, tanto dentro de la propia Administración como fuera de la misma.
Los documentos identificativos únicamente podrán ser utilizados por las empleadas y empleados públicos en el ejercicio de sus funciones al servicio de la Administración y para las finalidades previstas en la presente Circular.
