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Articulo �nico Modificación 2018 de la Ley 17/2017, de coordinación de policías locales

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Artículo único. Adición de una disposición transitoria decimosegunda en la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana

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Se añade una disposición transitoria decimosegunda a la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, con la siguiente redacción:

«Disposición transitoria decimosegunda

1. Durante el año 2018, los ayuntamientos podrán nombrar personal funcionario interino en sus cuerpos de policía local, con la categoría de agente, de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 10.1.d del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 16.2.d de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Los ayuntamientos podrán constituir bolsas de trabajo o hacer uso de las que tuvieran válidamente constituidas en el momento de entrada en vigor de esta disposición transitoria, garantizando, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en la selección de las personas aspirantes. En todo caso, los nombramientos de personal funcionario interino realizados al amparo de esta disposición transitoria finalizarán, como máximo, el 31 de diciembre de 2018.

2. Una vez efectuada la selección del personal aspirante, y previamente a su nombramiento, los ayuntamientos deberán solicitar un informe a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, adjuntando la documentación acreditativa de la cobertura presupuestaria de los puestos, así como del cumplimiento de todos los requisitos necesarios por parte de las personas aspirantes. La Agencia lo emitirá en un plazo máximo de 10 días desde la recepción de la solicitud.

3. El personal interino no podrá llevar armas de fuego, y ejercerá sus funciones en materias de policía administrativa, medio ambiente, tráfico y seguridad vial.»